<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>Asesoría laboral Archives - Carnimad</title>
	<atom:link href="https://carnimad.es/categoria/noticias/asesoria-laboral/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://carnimad.es/categoria/noticias/asesoria-laboral/</link>
	<description>Organización Empresarial referente de la Carnicería-Charcutería</description>
	<lastBuildDate>Mon, 02 Mar 2026 09:06:46 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=5.9.13</generator>

<image>
	<url>https://carnimad.es/wp-content/uploads/2019/02/fav_32.png</url>
	<title>Asesoría laboral Archives - Carnimad</title>
	<link>https://carnimad.es/categoria/noticias/asesoria-laboral/</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
	<item>
		<title>SMI en 2026 ya es oficial: el salario mínimo sube a 1.221€ mensuales</title>
		<link>https://carnimad.es/smi-de-2026-ya-es-oficial-el-salario-minimo-sube-a-1-221e-mensuales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Victoria Velasco]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Mar 2026 08:10:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoría fiscal y contable]]></category>
		<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Empleo]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=9269</guid>

					<description><![CDATA[<p>El pasado 17 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto por el que se fija el Salario Mínimo interprofesional para 2026. Este se sitúa en 1.221€ mensuales en 14 pagas (para una jornada completa).  [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/smi-de-2026-ya-es-oficial-el-salario-minimo-sube-a-1-221e-mensuales/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/smi-de-2026-ya-es-oficial-el-salario-minimo-sube-a-1-221e-mensuales/">SMI en 2026 ya es oficial: el salario mínimo sube a 1.221€ mensuales</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img class=" wp-image-9277 alignleft" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2026/03/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-54-1-300x169.png" alt="" width="252" height="142" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2026/03/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-54-1-300x169.png 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2026/03/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-54-1-1024x576.png 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2026/03/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-54-1-768x432.png 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2026/03/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-54-1-1536x864.png 1536w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2026/03/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-54-1.png 1920w" sizes="(max-width: 252px) 100vw, 252px" />EL SMI es la cuantía retributiva mínima que percibe el trabajador referido a la jornada legal de trabajo y lo regula el Gobierno anualmente, tras consultar con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.</p>
<p><span style="color: #d50037;"><strong>¿Cuál es la cuantía del SMI para 2026?</strong></span></p>
<ul>
<li>Para actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo, ni edad de las personas trabajadoras queda fijado en 40,70€/día o 1.221 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.</li>
<li>Este salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía integra en dinero.</li>
<li>Este salario se refiere a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Además, si se realiza una jornada inferior se percibirá a prorrata.</li>
</ul>
<p><strong><span style="color: #d50037;">¿Tiene carácter retroactivo la subida del SMI?</span> </strong></p>
<p>Sí, el incremento aprobado por el Consejo de Ministros se aplica con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.</p>
<p style="text-align: center;"><strong><a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-3815">PUEDES CONSULTAR EL REAL DECRETO AQUÍ</a></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: center;"><strong>Para más información puedes contactar con Carnimad en el teléfono </strong><strong>91 547 13 24 o en el correo </strong><a href="mailto:info@carnimad.es"><strong>info@carnimad.es</strong></a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/smi-de-2026-ya-es-oficial-el-salario-minimo-sube-a-1-221e-mensuales/">SMI en 2026 ya es oficial: el salario mínimo sube a 1.221€ mensuales</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Todo lo que necesitas saber sobre el Convenio Colectivo de Comercio de Alimentación en Madrid</title>
		<link>https://carnimad.es/todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-el-convenio-colectivo-de-comercio-de-alimentacion-en-madrid/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Victoria Velasco]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 02 Jul 2025 07:33:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Alimentación]]></category>
		<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=8879</guid>

					<description><![CDATA[<p>En el Área Laboral surgen habitualmente dudas sobre la aplicación del Convenio Colectivo de Comercio de Alimentación de la Comunidad de Madrid. Desde Carnimad, recopilamos y actualizamos los aspectos más consultados, adaptándolos a la normativa vigente para ofrecer una guía clara a nuestros asociados del comercio cárnico. [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-el-convenio-colectivo-de-comercio-de-alimentacion-en-madrid/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-el-convenio-colectivo-de-comercio-de-alimentacion-en-madrid/">Todo lo que necesitas saber sobre el Convenio Colectivo de Comercio de Alimentación en Madrid</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="color: #d50037;"><strong> </strong></span></p>
<p><img loading="lazy" class=" wp-image-8885 alignleft" style="color: #1a171b; text-align: justify;" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/07/diseno_sin_titulo_23-compressed-1-300x169.jpg" alt="" width="374" height="211" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/07/diseno_sin_titulo_23-compressed-1-300x169.jpg 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/07/diseno_sin_titulo_23-compressed-1-1024x576.jpg 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/07/diseno_sin_titulo_23-compressed-1-768x432.jpg 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/07/diseno_sin_titulo_23-compressed-1-1536x864.jpg 1536w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/07/diseno_sin_titulo_23-compressed-1.jpg 1600w" sizes="(max-width: 374px) 100vw, 374px" /></p>
<p><span style="color: #d50037;"><strong>1-¿Qué actividades empresariales se encuadran dentro del convenio colectivo del Sector de Comercio de Alimentación de la Comunidad de Madrid?</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">Si tienes una carnicería, pollería, charcutería o casquería, ya sea comercio al por menor o al por mayor, incluso si tienes una empresa dedicada únicamente a la distribución de género, se encuentra regida por este convenio.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>2-Quiero contratar a un trabajador ¿Qué modalidades de contrato existen?</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">Para determinar el tipo de contrato a realizarle a un trabajador, primero debemos analizar la necesidad de la empresa y posteriormente transcribirlo a un tipo de contrato acorde a<br />
la normativa vigente. Dependiendo de si la contratación del trabajador se basa en una necesidad temporal para un determinado pico de trabajo o se pretende contratar de forma indefinida. Analizando y conociendo esta situación, los contratos vigentes que tenemos en la legislación laboral son los siguientes:<br />
<span style="color: #1a171b;">• <strong>Contrato indefinido:</strong></span> los contratos de carácter indefinido son la forma habitual de contratación en el sector, en aquellos puestos de trabajo que correspondan a la actividad habitual y estable de las empresas y autónomos. El resto de las modalidades de contratación reguladas en el artículo 12 del convenio, fueron modificadas casi en su totalidad tras la reforma laboral realizada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre. Norma supletoria al convenio. Tras la misma, los contratos temporales, tan utilizados previamente al real decreto, quedaron regulados para utilizarlos en situaciones muy concretas y con causas debidamente justificadas. Los tipos de contratos temporales quedaron reducidos en virtud de si se producen “circunstancias previsibles o imprevisibles”, para poder aplicarlos según las causas que los justifican:<br />
<span style="color: #1a171b;">• <strong>Contrato temporal de circunstancias ocasionales imprevisibles:</strong></span> teniendo una duración máxima de 6 meses, pudiendo utilizarse para cubrir vacaciones de la plantilla fija o situaciones similares.<br />
<strong><span style="color: #1a171b;">• Contrato temporal de circunstancias ocasionales previsibles: </span></strong>busca atender situaciones ocasionales, previsibles y que tengan una duración reducida y delimitada, dando la posibilidad a las empresas de utilizarlo un máximo de noventa días en el año natural (noventa días no continuados). Los contratos de sustitución, fijos discontinuos y antiguos contratos de prácticas también fueron regulados.</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>3-¿Qué periodo de prueba tiene mi trabajador?</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">Uno de los aspectos más diferenciales y ventajosos del convenio de comercio de alimentación es el periodo de prueba que se establece, siempre y cuando la contratación se haya realizado mediante un contrato indefinido, independientemente de la jornada o grupo profesional, fijado en 6 meses. Cuando la contratación es temporal, sí que depende del grupo profesional del trabajador, reduciéndose considerablemente.</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>4-¿Cuál es la jornada mínima y máxima que puede realizar un trabajador?</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">No existe mínimo de jornada para contratar a un trabajador, la legislación lo deja en base a las necesidades de la empresa. Sí existe un máximo, actualmente se establecen 40 horas semanales, lo que es equivalente a 1810 horas de trabajo efectivo en cómputo anual. Asimismo, con independencia de si la jornada es a tiempo parcial o completa, es obligatorio que se realice el registro diario de la jornada (la empresa ha de conservar dichos registros por un periodo de al menos 4 años). En este punto, es muy importante resaltar el proyecto de ley para reducirla a 37,5 horas y para la digitalización del registro horario.</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>5-¿Cuántas vacaciones establece el convenio?</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">30 días naturales de vacaciones, no pudiendo comenzar en día festivo o de descanso. Siempre disfrutadas por acuerdo entre empresa y trabajador. No pueden imponerse de forma unilateral.</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>6-¿Tiene derecho el trabajador a disfrutar de un día por asuntos propios?</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">Sí, un día cada semestre anual. Esto es, podrían devengar hasta dos días al año, pero siempre y cuando la persona trabajadora no haya cometido una ausencia injustificada. Según el artículo 15 letra c), los trabajadores afectados podrán disfrutar de 1 día de licencia para asuntos propios por semestre natural anual, siempre y cuando, en el semestre del que se trate, la persona trabajadora no haya sufrido ninguna ausencia injustificada.</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>7-¿Qué permisos retribuidos tiene mi trabajador?</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">El artículo 18 del convenio de alimentación también ha sido modificado en ciertos puntos con legislaciones posteriores, ampliándose los días que recogía en un inicio. Entre todos los citados, los más habituales son:<br />
•<span style="color: #1a171b;"> <strong>Matrimonio o registro de pareja de hecho:</strong></span> 15 días naturales.<br />
• <span style="color: #1a171b;"><strong>Fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad:</strong></span> 2 días de permiso. Cuando por tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid, el plazo será de 4 días.<br />
• <span style="color: #1a171b;"><strong>Accidente o enfermedad grave de familiares hasta segundo grado consanguinidad o afinidad:</strong></span> 5 días por hospitalización o intervención quirúrgica que requiera reposo domiciliario.<br />
•<span style="color: #1a171b;"> <strong>Nacimiento y cuidado del menor:</strong></span> actualmente se establecen 16 semanas de permiso, cuyo disfrute deberá hacerse en las 6 semanas posteriores al nacimiento del hijo. Las diez restantes se disfrutarán por periodos con semanas completas antes de que el descendiente cumpla un año.</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>8-¿Cuántas pagas extraordinarias establece el convenio de alimentación de la Comunidad de Madrid?</strong> </span></p>
<p style="text-align: justify;">Se establecen tres pagas extraordinarias, siendo abonadas en marzo, verano y Navidad. Dando la posibilidad de prorratearse en las doce mensualidades ordinarias por mutuo acuerdo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>9-Tengo a un trabajador dado de baja médica ¿Cuánto hay que pagarle en nómina y hasta cuándo puede estar de IT?</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">Esta consulta tan reiterada e importante para las empresas parte de la base de que hay que abonar en la nómina una prestación económica que viene determinada por la Seguridad Social y, por otra parte, se ha de complementar con lo que prevea cada convenio colectivo de aplicación, en este caso, según lo recogido en el artículo 25 del convenio. Primeramente, es importante diferenciar la contingencia de la baja médica, ya que la prestación y complemento dependerá de la causa de la IT.</p>
<p style="text-align: justify;">Si la IT es por enfermedad común o accidente no laboral:</p>
<p style="text-align: justify;">Este tipo de contingencias son las más habituales. Se producen cuando el trabajador enferma o sufre un accidente que no está relacionado con el ámbito laboral.</p>
<p style="text-align: justify;">En estas situaciones, los primeros 15 días de la baja médica, es la empresa quien asume el coste de la misma y, a partir del día 16, aunque la empresa siga realizando el pago por adelantado de la prestación –pago delegado-, posteriormente, dichas cuantías se descuentan en los porcentajes correspondientes en los recibos de cotización mensual. La Seguridad Social aplica los siguientes porcentajes de prestación, según el tramo en el que se encuentra la baja médica:<br />
<span style="color: #1a171b;"><strong>• Los primeros tres días de baja no se pagan.</strong></span><br />
<span style="color: #1a171b;"><strong>• Del día 4 al 20, se cobra el 60% de la base reguladora.</strong></span><br />
<span style="color: #1a171b;"><strong>• A partir del día 21, se cobra el 75% de la base reguladora.</strong></span></p>
<p style="text-align: justify;">No obstante, en el caso del convenio analizado, estos tramos se ven complementados en los términos previstos en el artículo 25 del citado convenio. Si la IT viene por un accidente laboral, hospitalización o enfermedad profesional: La Seguridad social determina que la empresa abonará el 75% del salario desde el primer día de la baja médica, cumplimentándose este tramo hasta el 100% del mismo por convenio. La duración máxima que puede estar el trabajador en proceso de IT es de 18 meses, es decir, 545 días. Durante este periodo, la empresa está obligada a retribuir al asalariado según lo comentado anteriormente.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong><span style="color: #d50037;">10-Seguro de vida</span></strong></p>
<p style="text-align: justify;">El último aspecto que queríamos resaltar desde Carnimad es la obligación por parte de las empresas y autónomos que tengan trabajadores por cuenta ajena de suscribir un seguro colectivo de vida, asegurando el riesgo de muerte e invalidez derivada de incapacidad permanente, total, absoluta o gran invalidez por cualquier causa, del trabajador, por un importe de 6.010€ (art. 26). Desde el área laboral se suscribe anualmente una póliza colectiva para aquellos asociados que deseen cumplirlo.</p>
<p style="text-align: center;"><a href="https://forms.gle/MfsAsujkonaZSWVy6"><span class="bt_rojo">Formulario de Contacto </span></a></p>
<p style="text-align: center;">Si tienes dudas, contacta con el Área Laboral de Carnimad:<br />
<span style="color: #d50037;"><strong>91 547 13 24 – info@carnimad.es</strong></span></p>
<h3 data-start="295" data-end="326"></h3>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-el-convenio-colectivo-de-comercio-de-alimentacion-en-madrid/">Todo lo que necesitas saber sobre el Convenio Colectivo de Comercio de Alimentación en Madrid</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>IMPORTANTE: antes del 30 de junio debes actualizar tu código CNAE como autónomo o sociedad </title>
		<link>https://carnimad.es/importante-antes-del-30-de-junio-debes-actualizar-tu-codigo-cnae-como-autonomo-o-sociedad/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Victoria Velasco]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 May 2025 16:00:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoría jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=8813</guid>

					<description><![CDATA[<p>Esta medida es esencial, ya que la actualización impacta directamente en la cotización, así como en las coberturas por accidentes y enfermedades laborales.   [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/importante-antes-del-30-de-junio-debes-actualizar-tu-codigo-cnae-como-autonomo-o-sociedad/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/importante-antes-del-30-de-junio-debes-actualizar-tu-codigo-cnae-como-autonomo-o-sociedad/">IMPORTANTE: antes del 30 de junio debes actualizar tu código CNAE como autónomo o sociedad </a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class=" wp-image-8814 alignleft" style="text-align: center;" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/05/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-13-300x169.png" alt="" width="375" height="211" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/05/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-13-300x169.png 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/05/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-13-1024x576.png 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/05/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-13-768x432.png 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/05/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-13-1536x864.png 1536w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2025/05/CARTELES-MEAT-ATTRACTION-13.png 1920w" sizes="(max-width: 375px) 100vw, 375px" /><b style="text-align: center;"></b></p>
<p><span data-contrast="none">La Seguridad Social ha lanzado un nuevo servicio gratuito en la plataforma</span> <a href="https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/inicio"><span data-contrast="none">IMPORTASS</span></a><span data-contrast="none"> dirigido a los autónomos y sociedades para facilitar la actualización de sus códigos CNAE según la reciente clasificación publicada en el Real Decreto 10/2025, que reemplaza a la anterior de 2009. El plazo para realizar esta actualización finaliza el próximo </span><b><span data-contrast="none">30 de junio</span></b><span data-contrast="none">, por lo que los autónomos y sociedades deben actuar con prontitud para cumplir con la normativa.</span><span data-ccp-props="{&quot;134233117&quot;:false,&quot;134233118&quot;:false,&quot;201341983&quot;:0,&quot;335551550&quot;:6,&quot;335551620&quot;:6,&quot;335557856&quot;:16777215,&quot;335559738&quot;:0,&quot;335559739&quot;:300,&quot;335559740&quot;:276}"> </span></p>
<p><span data-contrast="none">Dependiendo del sector en el que se desarrolle la actividad, los trabajadores por cuenta propia que necesiten actualizar esta información deben tener en cuenta lo siguiente: </span><span data-ccp-props="{&quot;134233117&quot;:false,&quot;134233118&quot;:false,&quot;201341983&quot;:0,&quot;335551550&quot;:6,&quot;335551620&quot;:6,&quot;335557856&quot;:16777215,&quot;335559738&quot;:0,&quot;335559739&quot;:300,&quot;335559740&quot;:276}"> </span></p>
<ul>
<li><span data-contrast="auto">Las personas que estén registradas como autónomas y realicen una o varias actividades con códigos CNAE09 tienen una equivalencia directa con los códigos CNAE-2025. En estos casos, la actualización se realiza automáticamente, y la TGSS podrá verificarlo accediendo a su área personal. </span></li>
<li><span data-contrast="auto">Por otro lado, quienes estén dados de alta como autónomos y ejerzan una o varias actividades con códigos CNAE09, encontrarán varias opciones en el listado CNAE-2025. En estas situaciones, deberán comunicar el nuevo código que corresponda a la actividad o actividades que desempeñen. </span></li>
</ul>
<p><strong>RECUERDA</strong>: debes hacer este trámite desde IMPORTASS antes del 30 de junio. Si lo deseas, podemos gestionártelo directamente desde Carnimad, por un coste de15 euros + IVA para los autónomos y para las empresas.<span style="font-size: 1rem;"> </span></p>
<p style="text-align: center;">Amplía información: <span style="color: #d50037;"><strong>91 547 13 24 &#8211; info@carnimad.es</strong></span></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/importante-antes-del-30-de-junio-debes-actualizar-tu-codigo-cnae-como-autonomo-o-sociedad/">IMPORTANTE: antes del 30 de junio debes actualizar tu código CNAE como autónomo o sociedad </a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Ventajas de tener empleados motivados y cómo conseguirlos</title>
		<link>https://carnimad.es/ventajas-de-tener-empleados-motivados-y-como-conseguirlos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Dec 2021 12:14:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=6508</guid>

					<description><![CDATA[<p>Por Mar Sánchez, Directora del Área Laboral y de RRHH de Carnimad; Licenciada en Ciencias del Trabajo, Diplomada en Relaciones Laborales y Máster en PRL [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/ventajas-de-tener-empleados-motivados-y-como-conseguirlos/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/ventajas-de-tener-empleados-motivados-y-como-conseguirlos/">Ventajas de tener empleados motivados y cómo conseguirlos</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class=" wp-image-6512 alignleft" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/happy-team-putting-their-hands-t-300x200.jpg" alt="" width="340" height="226" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/happy-team-putting-their-hands-t-300x200.jpg 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/happy-team-putting-their-hands-t-1024x683.jpg 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/happy-team-putting-their-hands-t-768x512.jpg 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/happy-team-putting-their-hands-t-1536x1024.jpg 1536w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/happy-team-putting-their-hands-t-2048x1365.jpg 2048w" sizes="(max-width: 340px) 100vw, 340px" /></p>
<p style="text-align: justify;">De una forma habitual, los profesionales del comercio especializado de la carne y sus derivados nos transmiten la falta de compromiso de los equipos de trabajo de sus empresas, y los perjuicios, tanto económicos como personales, que esta situación les genera. El compromiso laboral es un factor que hace que los empleados se involucren, tanto con su trabajo como con los objetivos y los valores de la empresa. Un trabajador comprometido aumenta su productividad y, por ende, la rentabilidad de la organización.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿CUÁLES SON LAS VENTAJAS DE TENER TRABAJADORES COMPROMETIDOS? </strong></p>
<p style="text-align: justify;">Lo que está claro en primer lugar es que disminuye el absentismo laboral, y es que existe un porcentaje elevado de faltas al trabajo ocasionadas por falta de motivación. En cambio, un empleado que se siente reconocido hará lo imposible para no ausentarse. Por otra parte, se reduce la rotación, pues un empleado que se siente feliz no necesita buscar un cambio laboral. Y, además, mejora la gestión del tiempo, porque este empleado motivado colaborará para que el empresario pueda dedicar su tiempo a lo realmente importante, y no únicamente a lo urgente. Los cambios también se reflejan en los clientes, ya que un trabajador comprometido colabora en la fidelización de los clientes, generando un trato personalizado y el aumento de la lealtad del público. Este valor añadido es un punto diferenciador en las pymes, y más aún en el sector comercio. Por todo esto, mejora la rentabilidad, y es que las empresas con empleados comprometidos tienen un 29% más de beneficios y un 50% más de clientes fieles.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿CÓMO CONSEGUIR COMPROMISO LABORAL POR PARTE DE NUESTROS EMPLEADOS?</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>1. Comunicación</strong><img loading="lazy" class=" wp-image-6509 alignright" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/dialogue-box-communication-concept-61-2021-09-26-13-55-06-utc-300x218.jpg" alt="" width="206" height="150" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/dialogue-box-communication-concept-61-2021-09-26-13-55-06-utc-300x218.jpg 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/dialogue-box-communication-concept-61-2021-09-26-13-55-06-utc-1024x745.jpg 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/dialogue-box-communication-concept-61-2021-09-26-13-55-06-utc-768x559.jpg 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/dialogue-box-communication-concept-61-2021-09-26-13-55-06-utc-1536x1118.jpg 1536w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/dialogue-box-communication-concept-61-2021-09-26-13-55-06-utc-2048x1491.jpg 2048w" sizes="(max-width: 206px) 100vw, 206px" /></p>
<p style="text-align: justify;">Es básico mejorar la comunicación, tenemos que indicar a los equipos lo que están haciendo incorrectamente y explicar cómo se debe hacer, pero también reconocer el trabajo bien hecho. A todos nos gusta que nos reconozcan los logros y sentirnos valorados.</p>
<p><strong> 2. Responsabilidad </strong></p>
<p style="text-align: justify;">Proporcionar a los empleados responsabilidades y autonomía en la toma de decisiones aumenta su dominio en el control de las tareas que realiza y mejora la ejecución de estas, es importante empezar con rutinas cotidianas e ir de menos a más.</p>
<p><strong> 3. Formación </strong></p>
<p style="text-align: justify;">El facilitar herramientas y oportunidades para <a href="https://carnimad.es/servicio/formacion-educarne/" target="_blank" rel="noopener">continuar formándose</a> motiva a los empleados a comprometerse con la empresa que invierte en su desarrollo profesional para mejorar sus habilidades.</p>
<p><strong> 4. Fl</strong><img loading="lazy" class=" wp-image-6513 alignleft" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/clock-2021-08-29-03-04-48-utc-1-300x200.jpg" alt="" width="236" height="157" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/clock-2021-08-29-03-04-48-utc-1-300x200.jpg 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/clock-2021-08-29-03-04-48-utc-1-1024x683.jpg 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/clock-2021-08-29-03-04-48-utc-1-768x512.jpg 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/clock-2021-08-29-03-04-48-utc-1-1536x1024.jpg 1536w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/clock-2021-08-29-03-04-48-utc-1-2048x1365.jpg 2048w" sizes="(max-width: 236px) 100vw, 236px" /><strong>exibilidad Horaria </strong></p>
<p style="text-align: justify;">Los horarios del comercio no facilitan la conciliación de la vida familiar con la laboral, pero esta circunstancia puede afectar a la productividad y a la motivación de los empleados. Teniendo en cuenta las necesidades de los comercios cárnicos de proximidad, es necesario estudiar posibilidades, realizando una adaptación de los horarios laborales, sin dejar vuestros establecimientos desatendidos.</p>
<p><strong> 5. Retribución económica por objetivos </strong></p>
<p style="text-align: justify;">Es necesario implantar una política de retribución variable. Si la retribución mensual varía en función del cumplimiento de unos objetivos mensuales, la motivación aumenta, al sentir que la empresa comparte sus beneficios y valora la aportación al éxito.</p>
<p><strong> 6. Incentivos no monetarios </strong></p>
<p style="text-align: justify;">La puesta en marcha de una política social en las empresas produce un aumento del compromiso de los empleados. Con unos pequeños gestos, que no suponen un aumento de costes, podéis generar una vinculación de los empleados no conseguida con otros medios mucho más costosos.</p>
<p style="text-align: justify;">La mayoría conocéis lo difícil que es conseguir cada cliente y lo fácil que es perderlo, en cuestión de minutos, por una atención incorrecta. Permítenos ayudarte a tener un equipo de vendedores, y no de meros dependientes. Desde el Área Laboral de Carnimad podemos ayudarte con la creación de políticas de RRHH especializadas para tu empresa.</p>
<p style="text-align: center;"><span class="en_rojo" style="color: #ffffff;"><strong><span class="bt_rojo">Contáctanos aquí </span></strong></span></p>
<p style="text-align: center;"><span class="bt_negro" style="font-size: 10pt;"><a href="https://carnimad.es/eventos/suscripcion-a-la-revista-la-carne/">Artículo publicado en la revista La Carne. Click aquí para suscribirte</a> </span></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/ventajas-de-tener-empleados-motivados-y-como-conseguirlos/">Ventajas de tener empleados motivados y cómo conseguirlos</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Ya está disponible el calendario laboral de 2022 de Carnimad</title>
		<link>https://carnimad.es/calendario-laboral-2022/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 Dec 2021 09:25:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Marketing y comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=6480</guid>

					<description><![CDATA[<p>Como cada año, en Carnimad hemos elaborado un calendario laboral de la Comunidad de Madrid para todos nuestros asociados [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/calendario-laboral-2022/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/calendario-laboral-2022/">Ya está disponible el calendario laboral de 2022 de Carnimad</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="size-medium wp-image-6484 alignleft" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/Calendario-2022_page-0001-235x300.jpg" alt="" width="235" height="300" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/Calendario-2022_page-0001-235x300.jpg 235w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/Calendario-2022_page-0001-801x1024.jpg 801w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/Calendario-2022_page-0001-768x982.jpg 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/Calendario-2022_page-0001-1202x1536.jpg 1202w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/Calendario-2022_page-0001.jpg 1241w" sizes="(max-width: 235px) 100vw, 235px" /></p>
<p><span style="font-size: 1rem;">Ya tenemos elaborado, un año más, el calendario laboral de 2022 que, como en otras ocasiones, está incluido en nuestro último número de la revista La Carne, que hemos enviado a todos los socios de Carnimad y a los suscriptores de la revista.</span></p>
<p>En una de las pestañas del interior de la revista podréis encontrar el calendario, que debéis recortar por la línea de puntos marcada para que podáis ponerlo en vuestro establecimiento. O si preferís la versión digital o imprimirlo tantas veces como queráis, aquí os dejamos el documento para que podáis descargarlo:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: center;"><span class="bt_rojo"><a href="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/12/Calendario-2022.pdf" target="_blank" rel="noopener">Haz click aquí para descargar tu calendario laboral</a></span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/calendario-laboral-2022/">Ya está disponible el calendario laboral de 2022 de Carnimad</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Atención, autónomos y pymes: ya podéis solicitar ayudas a la contratación</title>
		<link>https://carnimad.es/suvbenciones-para-el-fomento-de-la-contratacion-de-desempleados-y-demandantes-de-empleo-2021/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Sep 2021 11:44:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Empleo]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=6309</guid>

					<description><![CDATA[<p>El Ayuntamiento de Madrid, a través de la  Agencia para el Empleo de Madrid, ha aprobado una convocatoria pública de subvenciones para el fomento de la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo, dirigidas a autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/suvbenciones-para-el-fomento-de-la-contratacion-de-desempleados-y-demandantes-de-empleo-2021/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/suvbenciones-para-el-fomento-de-la-contratacion-de-desempleados-y-demandantes-de-empleo-2021/">Atención, autónomos y pymes: ya podéis solicitar ayudas a la contratación</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><img loading="lazy" class="size-medium wp-image-6310 alignleft" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/09/job-interview-TSBEL9Rfgh-300x209.jpg" alt="" width="300" height="209" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/09/job-interview-TSBEL9Rfgh-300x209.jpg 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/09/job-interview-TSBEL9Rfgh.jpg 612w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />El plazo para solicitar las suvbenciones, para el fomento de la contratación de desempleados y demandantes de empleo 2021, termina el próximo 31 de octubre.</p>
<p style="text-align: center;"><span class="bt_formulario">¿TE AYUDAMOS A SOLICITAR TU AYUDA?</span></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿A quién van dirigidas las ayudas?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Podrán concurrir a la convocatoria autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores, sea cual sea su forma jurídica, y cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid. Tendrán que reunir los requisitos que se determinan en la convocatoria y contratar a personas desempleadas o demandantes de empleo empadronadas en Madrid.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Cuál es el plazo de solicitud?</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><strong><span style="color: #d50037;">Hasta el 31 de octubre de 2021.</span></strong></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Cuál es el importe de las ayudas?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Las solicitudes presentadas resultarán subvencionables con una ayuda máxima, según la modalidad contractual solicitada.</p>
<p style="text-align: justify;">Para las nuevas contrataciones realizadas, modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, con una duración mínima de 6 meses, las cuantías serán las siguientes:</p>
<ul>
<li>3000 € si la modalidad de la contratación es a jornada completa.</li>
<li>1450 € si la modalidad de la contratación es a jornada parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra que tenga la misma naturaleza y esté dirigida a la misma contratación, modificación o incorporación de un ERTE.</p>
<p style="text-align: center;"><a href="https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.62876cb64654a55e2dbd7003a8a409a0/?vgnextoid=c2e8cffce8ebb710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&amp;vgnextchannel=d4968173cec9c410VgnVCM100000171f5a0aRCRD&amp;vgnextfmt=default" target="_blank" rel="noopener"><span class="bt_negro">Consulta Aquí los Requisitos</span></a></p>
<p style="text-align: center;"><span class="bt_formulario">CONTÁCTANOS Y TE AYUDAREMOS A SOLICITAR LA AYUDA</span></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/suvbenciones-para-el-fomento-de-la-contratacion-de-desempleados-y-demandantes-de-empleo-2021/">Atención, autónomos y pymes: ya podéis solicitar ayudas a la contratación</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>La empleabilidad del comercio cárnico de proximidad sigue aumentando tras la Covid-19</title>
		<link>https://carnimad.es/la-empleabilidad-del-comercio-carnico-de-proximidad-sigue-aumentando-tras-la-covid-19/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Laura Alegre]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Apr 2021 15:32:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[coronavirus]]></category>
		<category><![CDATA[Empleo]]></category>
		<category><![CDATA[Formación - Educarne]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=5955</guid>

					<description><![CDATA[<p>Hace años que Carnimad informa de la alta tasa de empleabilidad que existe en su sector, el de las carnicerías, charcuterías, pollerías y casquerías de proximidad; establecimientos que no solo dan la oportunidad de desarrollar una profesión de futuro, sino que además llevan a cabo oficios tradicionales que se están reinventando. La elevada oferta de estas vacantes, que se han incrementado todavía más con la pandemia, unida a la escasez de profesionales formados y cualificados para trabajar en estos comercios, hacen que en este sector la tasa de desempleo sea prácticamente nula. [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/la-empleabilidad-del-comercio-carnico-de-proximidad-sigue-aumentando-tras-la-covid-19/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/la-empleabilidad-del-comercio-carnico-de-proximidad-sigue-aumentando-tras-la-covid-19/">La empleabilidad del comercio cárnico de proximidad sigue aumentando tras la Covid-19</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><img loading="lazy" class="size-medium wp-image-5956 alignleft" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/image00068-300x225.jpeg" alt="" width="300" height="225" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/image00068-300x225.jpeg 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/image00068-1024x768.jpeg 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/image00068-768x576.jpeg 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/image00068-1536x1152.jpeg 1536w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/image00068-2048x1536.jpeg 2048w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />Si bien Carnimad ya avisaba de esta situación desde 2015, ahora la Organización traslada que en los últimos meses ha habido un incremento aún mayor de la contratación en el sector, ya que los establecimientos especializados de carne han recuperado cuota de mercado desde el inicio de la pandemia, debido a que muchos consumidores han vuelto a comprar al comercio de proximidad, a los comercios de su barrio, recuperando además la costumbre de cocinar más productos frescos y de calidad en el hogar.</p>
<p style="text-align: justify;">Román Díaz-Tovar, Director de RRHH de la Organización, indica: “Tan solo percibimos un pequeño parón en la contratación de personal entre los meses de marzo y mayo de 2020, debido a la incertidumbre de la situación, pero después la demanda volvió a subir. De hecho, en mayo del año pasado, estrenamos un <a href="https://empleocarniceroscharcuteros.carnimad.es/">portal de empleo exclusivo para el sector especializado de la carne y sus derivados en la Comunidad de Madrid</a>, y desde entonces, solo a través de este canal, se han cubierto 130 vacantes. A lo que se suman 50 subvenciones a la contratación de personal desempleado, que hemos tramitado para las empresas contratantes”.</p>
<p style="text-align: justify;">Dicho portal de empleo ha recibido, en menos de un año, 2500 currículums. Si bien la mayoría de las vacantes requerían experiencia en el oficio que se lleva a cabo en los comercios de proximidad, que “es mucho más que cortar filetes”, como bien reclaman diversos establecimientos asociados a Carnimad.</p>
<p style="text-align: justify;">“El carnicero, charcutero, pollero o casquero que realmente conoce el oficio tiene el trabajo asegurado, porque su perfil está altamente demandado. Ante la escasez de estos profesionales, en nuestro centro de formación, Educarne, hemos puesto en marcha el Curso de Auxiliar de Carnicería, con el objetivo de formar y cualificar a la futura cantera de profesionales del sector”, explica Díaz-Tovar.</p>
<p style="text-align: justify;">Dicho curso ha celebrado ya cinco ediciones y comienza la sexta el 10 de mayo; contando actualmente con un porcentaje del 98% de empleabilidad, una vez finalizada la formación. Se prevé que el dato siga siendo positivo, ya que desde la Organización tienen ya 140 empresas interesadas en contratar aprendices.</p>
<p style="text-align: justify;">El Director de Formación de <a href="https://educarne.es/" target="_blank" rel="noopener">Educarne</a>, Adrián Cano, señala: “el comercio cárnico de proximidad es un sector que se está diferenciando cada día más de la competencia. A pesar de su tamaño, apuesta por la sostenibilidad, el producto natural y de km 0, la artesanía en sus elaboraciones, el trato personalizado y la transformación digital. Y los avances también se están reflejando a la hora de contratar aprendices procedentes de nuestro Curso de Auxiliar de Carnicería. Se interesan por perfiles de edades más diversas, profesionales cercanos a la tecnología, y no hay diferencias porcentuales en el número de contrataciones entre hombres y mujeres”.</p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/la-empleabilidad-del-comercio-carnico-de-proximidad-sigue-aumentando-tras-la-covid-19/">La empleabilidad del comercio cárnico de proximidad sigue aumentando tras la Covid-19</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Permisos retribuidos para las Elecciones de la Comunidad de Madrid</title>
		<link>https://carnimad.es/cuales-son-los-permisos-retribuidos-para-las-proximas-elecciones-de-la-comunidad-de-madrid/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Apr 2021 09:50:44 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Marketing y comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=5890</guid>

					<description><![CDATA[<p>Os contamos todo lo que necesitáis saber sobre derechos y obligaciones del empleado para ir a trabajar e ir a votar este próximo 4 de mayo.  [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/cuales-son-los-permisos-retribuidos-para-las-proximas-elecciones-de-la-comunidad-de-madrid/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/cuales-son-los-permisos-retribuidos-para-las-proximas-elecciones-de-la-comunidad-de-madrid/">Permisos retribuidos para las Elecciones de la Comunidad de Madrid</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="wp-image-5899 alignleft" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/woman-votes-on-election-day-VGMZVT9-3-300x200.jpg" alt="" width="225" height="150" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/woman-votes-on-election-day-VGMZVT9-3-300x200.jpg 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/woman-votes-on-election-day-VGMZVT9-3-1024x683.jpg 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/woman-votes-on-election-day-VGMZVT9-3-768x512.jpg 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/woman-votes-on-election-day-VGMZVT9-3-1536x1024.jpg 1536w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/04/woman-votes-on-election-day-VGMZVT9-3-2048x1365.jpg 2048w" sizes="(max-width: 225px) 100vw, 225px" /></p>
<p style="text-align: justify;">El pasado 24 de marzo de 2021, se publicó la resolución de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid, que regula los permisos retribuidos de los trabajadores madrileños que participen en las mismas.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Los permisos para los trabajadores que participen como electores para ejercer su derecho de voto son los siguientes:</strong></p>
<p style="text-align: justify;">No tendrán derecho a permiso aquellas personas cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un período inferior a dos horas. Si coincide en dos o más horas y menos de cuatro, el permiso será de dos horas. Si la coincidencia es de entre cuatro o más horas y menos de seis, el permiso será de tres horas. Finalmente, a partir de seis o más horas de coincidencia, el permiso será de cuatro horas.</p>
<p style="text-align: justify;">También tendrán derecho a un permiso de idéntica naturaleza los trabajadores que presten servicios el día electoral lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las que se derive dificultad para votar, para que puedan formular personalmente la solicitud de la certificación acreditativa de su inscripción en el censo, así como para la remisión del voto por correo. Su duración dependerá de los criterios anteriores de conformidad con los horarios de apertura de las oficinas de Correos.</p>
<p style="text-align: justify;">La duración del permiso antes reseñado se reducirá proporcionalmente para los trabajadores a tiempo parcial. Además, corresponde a la empresa la distribución del período del permiso en función de la organización del trabajo. Los empleados que tengan la condición de presidente o vocales de las mesas electorales y de interventores tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si esa fecha no coincide con el disfrute de su descanso semanal, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior. Para los trabajadores que ejerzan las funciones de apoderado, el permiso será únicamente por el día de la votación.</p>
<p style="text-align: justify;">En los dos casos anteriores, si el empleado tuviera que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa deberá cambiar el turno si así se lo solicita.</p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/cuales-son-los-permisos-retribuidos-para-las-proximas-elecciones-de-la-comunidad-de-madrid/">Permisos retribuidos para las Elecciones de la Comunidad de Madrid</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Prórroga a las ayudas en defensa del empleo</title>
		<link>https://carnimad.es/prorroga-a-las-ayudas-en-defensa-del-empleo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Laura Alegre]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 Jan 2021 18:47:52 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoría jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[coronavirus]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=5661</guid>

					<description><![CDATA[<p>Este miércoles se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Ley 2/2021 de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/prorroga-a-las-ayudas-en-defensa-del-empleo/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/prorroga-a-las-ayudas-en-defensa-del-empleo/">Prórroga a las ayudas en defensa del empleo</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="size-medium wp-image-5662 alignleft" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/working-group-analyzing-the-job-on-computer-laptop-PGWD5HD-300x199.jpg" alt="" width="300" height="199" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/working-group-analyzing-the-job-on-computer-laptop-PGWD5HD-300x199.jpg 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/working-group-analyzing-the-job-on-computer-laptop-PGWD5HD-1024x681.jpg 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/working-group-analyzing-the-job-on-computer-laptop-PGWD5HD-768x511.jpg 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/working-group-analyzing-the-job-on-computer-laptop-PGWD5HD-1536x1021.jpg 1536w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/working-group-analyzing-the-job-on-computer-laptop-PGWD5HD-2048x1362.jpg 2048w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></p>
<p><span class="bt_negro">¿NECESITAS MÁS INFORMACIÓN?</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>ERTES</strong></span></p>
<ul style="text-align: justify;">
<li><strong>Prórroga los ERTES, con carácter general, hasta el 31 de mayo. </strong>Se prorrogan automáticamente los ERTES de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor.</li>
<li><strong>ERTES por impedimento del desarrollo de su actividad</strong> Se entienden prorrogados con las exoneraciones en las cotizaciones vigentes.</li>
<li><strong>ERTES por limitaciones de actividad. </strong>También se mantienen los ERTES por limitación del desarrollo normalizado de su actividad a consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por las autoridades españolas.</li>
<li><strong>Se prorrogan, así mismo, las condiciones existentes respecto a los ERTE por causas productivas</strong>.</li>
<li>Se mantienen los beneficios y exenciones para Empresas  de sectores con elevada tasa de cobertura por ERTE y reducida tasa de actividad, incluyendo nuevos CNAE; e igualmente se mantiene la extensión de las exoneraciones y la prórroga automática de los ERTES a las empresas cuyo negocio dependa, indirectamente y en su mayoría, de las empresas incluidas en la relación de actividades de la CNAE  que formen parte de la cadena de valor de las mismas.</li>
<li>El compromiso de salvaguarda del empleo se mantiene vigente con los compromisos de mantenimiento del empleo previstos en la normativa, de modo que las empresas que reciban exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social, quedan comprometidas a un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo, en los mismos términos que la normativa anterior.</li>
<li>Se prórroga la denominada “prohibición” de despedir. Recordemos que la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada no se pueden entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.</li>
<li>Prórroga de las medidas extraordinarias de protección por desempleo: «contador a cero».</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #d50037;"><strong>PRESTACIÓN DE CESE DE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS</strong></span></p>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Se regula <strong>la prestación extraordinaria por cese de actividad</strong> en favor de aquellos autónomos que se vean obligados a suspender totalmente sus actividades.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">La cuantía de la prestación será del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada. Se incrementará en un 20% si el trabajador autónomo tiene reconocida la condición de miembro de una familia numerosa y los únicos ingresos de la unidad familiar o análoga durante ese periodo proceden de su actividad suspendida. No obstante, cuando convivan en un mismo domicilio personas unidas por vínculo familiar o unidad análoga de convivencia hasta el primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, y dos o más miembros tengan derecho a esta prestación extraordinaria de cese de actividad, la cuantía de cada una de las prestaciones será del 40%.</p>
<ul style="text-align: justify;">
<li><strong>Prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores autónomos</strong> que no puedan acceder a otras prestaciones.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Se introduce la posibilidad de acceder a una prestación extraordinaria de cese de actividad a aquellos trabajadores autónomos que no siendo afectados por el cierre de su actividad ven reducido sus ingresos y no tienen acceso a las prestaciones de cese de actividad ordinaria</p>
<p style="text-align: justify;">La cuantía será del 50% de la base mínima de cotización que corresponda. Cuando convivan en un mismo domicilio personas unidas por vínculo familiar o unidad análoga de convivencia hasta el primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, y dos o más miembros tengan derecho a esta prestación extraordinaria de cese de actividad, la cuantía de cada una de las prestaciones será del 40%.</p>
<ul style="text-align: justify;">
<li><strong>Prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores autónomos compatible con el trabajo por cuenta propia.</strong></li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">A partir del 1 de febrero de 2021, los trabajadores autónomos podrán solicitar la prestación por cese de actividad prevista en el art. 327 LGSS, siempre que concurran los requisitos establecidos en este precepto y en el art. 330.1 LGSS. Podrá percibirse hasta el 31 de mayo.</p>
<p style="text-align: justify;">El acceso a la prestación exigirá acreditar en el primer semestre de 2021 una reducción de los ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia de más del 50% de los habidos en el segundo semestre de 2019; así como no haber obtenido durante el semestre indicado de 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros.</p>
<p style="text-align: center;"><span class="bt_rojo en_rojo">CONTÁCTANOS PARA AMPLIAR INFORMACIÓN. TE AYUDAMOS</span></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/prorroga-a-las-ayudas-en-defensa-del-empleo/">Prórroga a las ayudas en defensa del empleo</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Te han confinado y necesitas el certificado de desplazamiento?</title>
		<link>https://carnimad.es/te-han-confinado-y-necesitas-el-certificado-de-desplazamiento/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Laura Alegre]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Jan 2021 11:33:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoría laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://carnimad.es/?p=5533</guid>

					<description><![CDATA[<p>Te recordamos que, desde que empezaron los confinamientos y restricciones en la Comunidad de Madrid, como consecuencia de la mala evolución de la pandemia por Covid-19, en Carnimad te hemos facilitado en todo momento el certificado acreditativo para desplazarse por motivos laborales si estás en zona confinada o tienes que ir a una de estas [...]</p>
<p><a class="btn btn-secondary understrap-read-more-link" href="https://carnimad.es/te-han-confinado-y-necesitas-el-certificado-de-desplazamiento/">Leer más...</a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/te-han-confinado-y-necesitas-el-certificado-de-desplazamiento/">¿Te han confinado y necesitas el certificado de desplazamiento?</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><img loading="lazy" class="size-medium wp-image-5534 alignleft" src="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/DESPLAZAMIENTO-MADRID-COVID-300x169.jpg" alt="" width="300" height="169" srcset="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/DESPLAZAMIENTO-MADRID-COVID-300x169.jpg 300w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/DESPLAZAMIENTO-MADRID-COVID-1024x577.jpg 1024w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/DESPLAZAMIENTO-MADRID-COVID-768x433.jpg 768w, https://carnimad.es/wp-content/uploads/2021/01/DESPLAZAMIENTO-MADRID-COVID.jpg 1200w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /><a href="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2020/09/DOCUMENTO-DESPLAZAMIENTO_CARNIMAD.-26.10.2020-1.docx" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><span class="bt_formulario">DESCARGA AQUÍ EL DOCUMENTO</span></a></p>
<p style="text-align: justify;">Hoy volvemos a acercarte esta información, tras el anuncio de que, desde este lunes, 11 de enero, y hasta el próximo 25 de enero, hay 23 nuevas zonas básicas de salud y 9 municipios confinados.</p>
<p>Esta es la situación actual:</p>
<ul>
<li><strong>En Madrid capital se incorporan:</strong> el distrito de Barajas al completo; Alameda de Osuna; las zonas Benita Ávila y Silvano en Hortaleza; Mirasierra y Las Tablas en el distrito de Fuencarral-El Pardo; Jazmín en Ciudad Lineal; Montesa, General Orá y Baviera en Salamanca; Alpes y Rejas en San Blas, Canillejas.</li>
<li><strong>Nuevas restricciones en zonas básicas de salud:</strong> Miraflores y Valdelasfuentes (Alcobendas); Rosa de Luxemburgo (San Sebastián de los Reyes).</li>
<li><strong>Nuevas restricciones en localidades en zonas básicas:</strong> Francia, Cuzco, Panaderas y Castilla la Nueva (Fuenlabrada); Presentación Sabio, Dos de Mayo y El Soto (Móstoles); Rivas La Paz (Rivas- Vaciamadrid).</li>
<li><strong>Nueve localidades que no coinciden con una zona básica:</strong> Arroyomolinos; Talamanca del Jarama; Valdeolmos- Alapardo; Collado Mediano; Becerril de la Sierra; Cadalso de los Vidrios; Camporreal; Titulcia; Velilla de San Antonio.</li>
<li><strong>Áreas que siguen confinadas:</strong> Marqués de la Valdavia y Alcobendas- Chopera (Alcobendas); Las Olivas y Aranjuez (Aranjuez); San Fernando y Los Alperchines (San Fernando de Henares); Virgen del Cortijo (Hortaleza, Madrid capital); la zona básica de Torrelodones, que afecta a todos los municipios de Torrelodones y Hoyo de Manzanares; Ciempozuelos; Navalcarnero; Algete; Mejorada del Campo; Villarejo de Salvanés; La Moraleja (Alcobendas); Andrés Mellado (Chamberí); Sanchinarro (Hortaleza); Felipe II y Alcalde Bartolomé González (Móstoles); Getafe Norte (Getafe); Aravaca (Moncloa-Aravaca); General Moscardó (Tetuán, Madrid capital); Zonas sanitarias de Reyes Católicos y V Centenario (San Sebastián de los Reyes).</li>
</ul>
<p>Si te encuentras en una de estas zonas o necesitas entrar a una de ellas por motivos laborales, descarga y cumplimenta el certificado que ponemos a tu disposición.</p>
<p style="text-align: center;"><a href="https://carnimad.es/wp-content/uploads/2020/09/DOCUMENTO-DESPLAZAMIENTO_CARNIMAD.-26.10.2020-1.docx" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><span class="bt_formulario">DESCARGA AQUÍ EL DOCUMENTO</span></a></p>
<p>The post <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es/te-han-confinado-y-necesitas-el-certificado-de-desplazamiento/">¿Te han confinado y necesitas el certificado de desplazamiento?</a> appeared first on <a rel="nofollow" href="https://carnimad.es">Carnimad</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
