El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Entidad Pública Empresarial Red.es, presenta el Programa de Fomento de la Demanda de soluciones de Computación en la Nube para Pequeñas y Medianas Empresas, que destinará 40 millones de euros en ayudas a PYMES y autónomos en España, financiados a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional –FEDER-. El objetivo del Programa es sensibilizar e impulsar la adopción de soluciones empresariales con tecnología Cloud Computing a estos segmentos empresariales.
¿Qué es la tecnología Cloud Computing y cuáles son sus ventajas?
El Cloud Computing nos permite ofrecer servicios a través de Internet, pero no todo lo que está en Internet es Cloud Computing. Por un lado, puedes utilizar Internet para ofrecer servicios que luego darás externamente, y por otro lado puedes ofrecer servicios alojados en Internet. Esto último es lo que sería el Cloud Computing.
Es decir, estamos hablando de una tecnología semi-nueva que busca tener todos nuestros archivos e información en Internet sin depender de poseer la capacidad suficiente para almacenar información; ya que todos los servicios, procesos, datos, etc. se localizan dentro de la red de Internet, como en una nube de datos –de ahí el nombre que se le ha dado-, un mundo al que toda empresa puede acceder sin poseer una gran infraestructura.
Los beneficios principales de esta tecnología son el ahorro de costes, la accesibilidad y la eficiencia energética de los sistemas de información.
¿Qué incluyen las ayudas?
Puesta a disposición de servicios de soluciones empresariales, agrupadas en una de las siguientes categorías:
- Categoría 1. Puesto de usuario
- Categoría 2. Gestión económica
- Categoría 3. Gestión negocio
- Categoría 4. Relación con clientes
- Categoría 5. Gestión del punto de venta
- Categoría 6. Presencia en internet
- Categoría 7. Comercio electrónico
- Categoría 8. Infraestructura como servicio
- Categoría 9. Plataforma de desarrollo como servicio
- Categoría 10. Centralita virtual
¿Cuál es el periodo de implantación de las ayudas?
9 meses.
¿Quién puede solicitar las ayudas?
Autónomos y PYMES con menos de 250 empleados y un volumen de negocio menor a 50 millones de euros, domicilio fiscal en España y que hayan iniciado su actividad antes de la publicación de las bases.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
Cada beneficiario podrá acceder a una ayuda mínima de 625 euros y máxima de 15.000 euros. La concesión de la ayuda dependerá del coste que el beneficiario quiera subvencionar. Este debe incluir en su solicitud el porcentaje del presupuesto subvencionable que asume, comprendido entre el 20% y el 50%, no pudiendo ser la parte subvencionable inferior a 1.250 euros ni superior a 15.000 euros, por solicitante.
¿Cuándo solicitarlas?
Las solicitudes se podrán presentar del 18 de mayo al 8 de junio.
¿Cómo solicitarlas?
A través del formulario específico http://sede.red.gob.es. Se deberán incluir también los documentos especificados en el Anexo I de la Convocatoria 051/15-ED que se puede encontrar en http://perfilcontratante.red.es.
¿Quién debe firmar el formulario?
Debe estar firmado por el solicitante digitalmente en el caso de autónomos, y representante legal o apoderado en el caso de autónomos o empresas.
Servicio de atención y asistencia para resolver aquellas dudas sobre la convocatoria: 901900333 – convocatorias@red.es.
Más información en: http://www.subetealanube.gob.es/
Vídeo de la campaña: https://www.youtube.com/watch?v=ZlwFleQb8hQ&feature=youtu.be