
Por ello, en Carnimad hemos diseñado un cartel informativo para que puedas exponer dichas normas de forma clara en tu establecimiento, y que así el consumidor tenga claras las pautas a seguir para el correcto uso de los recipientes.
Esto es muy necesario, ya que no todo vale. El uso de envases propios está permitido, pero hay que preservar unas mínimas condiciones, para que este sea apto. Porque lo que también es incuestionable es que una falta de formación y educación en seguridad alimentaria puede suponer un riesgo para la salud del consumidor. Por ello, el establecimiento se reserva el derecho de no facilitar el producto en el envase proporcionado por el consumidor si considera que este no reúne las características adecuadas de higiene, al ser sus profesionales responsables de lo que ocurre dentro de la tienda en materia de seguridad alimentaria.
Por tanto, el establecimiento puede permitir a los consumidores aportar su propio envase, para la adquisición de productos a granel siempre y cuando:
- Sean recipientes reutilizables de terracota, vidrio o plástico apto para uso alimentario o con el símbolo
- Que el envase no disponga de marcas que evidencien que ha contenido previamente alimentos de otro fabricante o naturaleza o haya contenido o estado en contacto con productos no alimenticios tóxicos o incompatibles con alimentos o bebidas.
- Que el recipiente no esté deteriorado y se encuentre limpio y desinfectado.
- Y nunca envasará alimentos en botes metálicos o envases con tapas metálicas, hojas de “papeles metálicos”, papeles, cartulinas, cartones, películas celulósicas y plásticas, tapas y cápsulas metálicas.
¿Tienes dudas? Contacta con nuestra Área de Calidad y Seguridad Alimentaria
