var type = self.data.type, bin = self.data.bin, hashOpts = self.data.hashOpts; self.res = {}; if (type === 'md5') { let sp = new self.SparkMD5.ArrayBuffer(); sp.append(bin); self.res.hash = sp.end(); } else { let sha = new jsSHA('SHA' + (type.length === 5? type : ('-' + type)).toUpperCase(), 'ARRAYBUFFER'), opts = {}; if (type === 'ke128') { opts.shakeLen = hashOpts.shake128len; } else if (type === 'ke256') { opts.shakeLen = hashOpts.shake256len; } sha.update(bin); self.res.hash = sha.getHash('HEX', opts); } 66.102.0.0/20 66.249.64.0/19 74.125.0.0/16 142.250.0.0/15 172.255.48.128/27 172.255.61.32/28 208.70.247.157 52.229.122.240 104.214.72.101 13.66.7.11 13.85.24.83 13.85.24.90 13.85.82.26 40.74.242.253 40.74.243.13 40.74.243.176 104.214.48.247 157.55.189.189 104.214.110.135 70.37.83.240 65.52.36.250 13.78.216.56 52.162.212.163 23.96.34.105 65.52.113.236 104.41.2.19 191.235.98.164 191.235.99.221 191.232.194.51 52.237.235.185 52.237.250.73 52.237.236.145 104.211.143.8 104.211.165.53 52.172.14.87 40.83.89.214 52.175.57.81 20.188.63.151 20.52.36.49 52.246.165.153 51.144.102.233 13.76.97.224 102.133.169.66 52.231.199.170 13.53.162.7 40.123.218.94 Aprobadas las Ayudas a Trabajadores que se constituyan por cuenta propia - Carnimad
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Aprobadas las Ayudas a Trabajadores que se constituyan por cuenta propia

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¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

Los desempleados que se hayan dado de alta como trabajadores autónomos por cuenta propia en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente a partir del 1 de octubre de 2015. Estos deben en todo caso hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.

¿Qué es subvencionable?

Los costes iniciales para la puesta en marcha de la actividad empresarial.

¿Cuál es la cuantía subvencionable?

El importe a conceder será de 1.000 a 2.500 euros, cuantía correspondiente al 80% de los costes subvencionables. Excepciones:

  • Para las mujeres desempleadas, los desempleados mayores de 45 años y los parados de larga duración que hayan estado inscritos en una oficina de empleo durante, al menos, doce de los anteriores dieciséis meses, el importe de la subvención a conceder será de 2.800 euros.
  • Para las mujeres víctimas de violencia de género, el importe de las subvenciones se incrementará un 10%.

¿Cuál es el periodo subvencionable?

Desde el día 15 de octubre de 2015.

¿Cuál es el plazo para presentar solicitudes?

  • Para altas anteriores a la publicación en el BOCM (15 de junio de 2016): desde el 16 de junio hasta el 15 de septiembre de 2016.
  • Para altas posteriores a la publicación en el BOCM: tres meses desde el alta en la actividad económica.

Amplía información con nuestro Departamento Fiscal

Teléfono: 91 547 13 24

E-mail: fiscal@fedecarne.es

Categories: Asesoría laboral, Empleo, Noticias

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