Están obligados a hacer dicha declaración todas las personas físicas o comunidades de bienes que aún tributen por Estimación Objetiva, es decir, por el Sistema de Módulos, y cuyo total de facturas emitidas a terceras personas durante el año 2016 supere los 3005 euros. En caso de haber facturado una cifra inferior, no será necesario realizar esta declaración.
Si utilizas el Servicio Fiscal de Fedecarne, necesitamos que, antes del 20 de febrero, nos facilites la facturación de las operaciones de 2016 desglosadas por trimestres (enero-marzo, abril-junio, julio-septiembre, octubre-diciembre). Esta documentación es totalmente necesaria para que podamos realizar dicha declaración.
Por otra parte, necesitamos también que nos comuniques los KW consumidos en tus establecimientos durante el año; y recuerda, no es necesario el gasto, sino el consumo.
Ponte en contacto con nosotros para facilitarnos la información: Oficinas de Fedecarne: Caños del Peral, 1, 1ª Planta. Teléfono: 915 47 13 24 (Departamento Fiscal). E-mail: rfiscal@fedecarne.es o fiscal@fedecarne.es |