La manera de moverse por el centro de Madrid va a cambiar de forma inminente. Desde Medio Ambiente, la Nueva Ordenanza de Movilidad pone en marcha un protocolo anticontaminación más exigente.
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CRITERIOS DE ACCESO
Como alternativa mejorada al actual modelo de gestión de las Áreas de Prioridad Residencial (APR*) se plantea que, además de las circunstancias particulares de cada autorización, se tengan en cuenta las emisiones generadas por cada vehículo permitido según la clasificación por categorías ambientales de la DGT. De esta manera, resulta un sistema flexible y graduable a lo largo del tiempo, que permite reducir especialmente los vehículos más contaminantes.
Como norma general:
- Vehículos de personas empadronadas en el distrito centro.
- Vehículos con etiqueta ambiental CERO emisiones.
- Vehículos con etiqueta ECO podrán entrar y estacionar en el SER un máximo de dos horas.
- Los vehículos con etiqueta B o C podrán entrar solo para aparcar en parking público, garaje privado o reserva, a excepción de los vehículos de invitados autorizados por los residentes, de PMR, de servicios esenciales o de servicios profesionales.
Excepción: ningún vehículo podrá acceder sin etiqueta ambiental, salvo hasta el 31 de diciembre de 2019 aquellos vehículos de residentes empadronados en MC, invitados de los mismos, PMR, servicios esenciales, titulares de plazas de garajes y servicios profesionales.
A los establecimientos ubicados en Madrid Central se les aplica la normal general, en función de su tipo de vehículo. Según su clasificación de ligeros o pesados y su tipo de etiqueta podrán permanecer un determinado número de horas, o incluso las 24 horas del día en el caso de la etiqueta ambiental CERO emosiones.
* En cuanto a las autorizaciones de acceso de vehículos a las APR en vigor a la fecha de la aplicación de las nuevas normas de funcionamiento habilitarán para el acceso al área de MC hasta el día de expiración de su vigencia, pero no sobrepasará el 30 de junio de 2020.
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