En el comercio especializado de carne también se está notando el coronavirus. Muchos profesionales nos trasladáis que vuestros comercios, hoy, están hasta arriba de clientes dispuestos a hacer compras ingentes para estar preparados ante posibles cuarentenas; y frente a esto os surgen multitud de dudas sobre diferentes aspectos que pueden afectar a vuestra actividad diaria.
A continuación, os ofrecemos respuesta a las preguntas más frecuentes.
RESPECTO A LOS TRABAJADORES DEL COMERCIO DE PROXIMIDAD
¿Qué hacer si un trabajador o el propio empresario tiene coronavirus?
Solicitar la baja médica por contingencia profesional (accidente de trabajo).
¿Qué hacer si alguien en la empresa ha estado en contacto con una persona diagnosticada de Coronavirus?
Lo primero que se debe hacer es llamar al teléfono habilitado de Salud Madrid: 900 102 112.
Después, seguir las recomendaciones que te faciliten. El aislamiento preventivo es considerado en España como situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales (accidente de trabajo):
- Según el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus COVID-19.
- En ambos casos la duración de esta prestación excepcional vendrá determinada por el parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta.
- Podrá causar derecho a esta prestación la persona trabajadora por cuenta propia o ajena que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de alta en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social.
- La fecha del hecho causante será la fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad del trabajador, sin perjuicio de que el parte de baja se expida con posterioridad a esa fecha.
¿Qué hacer si tus trabajadores tienen hijos menores en edad escolar y no pueden ir a trabajar?
Buscar soluciones de flexibilidad y conciliación familiar, de acuerdo entre empresa y trabajador.
Ejemplos: turnos, vacaciones, teletrabajo, reducciones y ampliaciones de jornada, compensación de horas, etc.
Sabemos que en los establecimientos de comercio especializado estas soluciones en ocasiones se hacen algo más complejas; por eso, nuestra Área Laboral y de PRL está a vuestra disposición para subsanar dudas.
RESPECTO A HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
A nivel de higiene y seguridad alimentaria en el establecimiento, debemos saber que los productos cárnicos pueden consumirse de forma segura si se cocinan y se manipulan correctamente durante su preparación. Es decir, que no hay que preocuparse si se siguen las medidas de precaución adecuadas como usar distintos cuchillos y tablas de cortar, así como lavarse las manos con jabón y agua potable antes, mientras y después de haber manipulado alimentos.
La semana pasada compartimos unas recomendaciones de la OMS al respecto. Puedes leerlas en el siguiente enlace: https://carnimad.es/noticias/corona-virus-sigue-los-consejos-de-la-oms-sobre-seguridad-alimentaria-y-tranquiliza-a-tus-clientes/
Hay que tener en cuenta que estamos viviendo una situación excepcional y los acontecimientos se suceden muy rápido, por lo que en Carnimad, igual que en el resto del país, permanecemos a la expectativa de las medidas que se adopten por las autoridades competentes y mantendremos este artículo con información actualizada, según nos vayan llegando nuevas informaciones.
MEDIDAS ECONÓMICO-FINANCIERAS
Por Decreto Ley 7/2020 de 12 de Marzo, se ha acordado por el Gobierno, otorgar a las pymes afectadas por el COVID-19, aplazamientos de sus deudas con la administración por un plazo de seis meses sin intereses. Esta medida se traducen una inyección de 14.000 millones de euros en el sistema.
También ayudas del ICO a los sectores más afectados, como la hostelería o el turismo.
Si eres socio de Carnimad y te surge alguna duda más, puedes contactarnos para que nuestros expertos te asesoren:
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