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El consumidor puede utilizar envases propios para hacer la compra en tu comercio

Aunque aún es pronto para hablar de tendencia, cada vez son más los consumidores que acuden a comprar a las carnicerías, charcuterías, pollerías y casquerías con sus propios envases. El comercio especializado de la carne y sus profesionales, alineados con el compromiso de reducir el uso de plásticos, acepta la costumbre; si bien es imprescindible imponer una serie de pautas, a fin de evitar riesgos innecesarios para la salud del consumidor, obligando a este a que el envase se encuentre en perfectas condiciones.

Por ello, en Carnimad hemos diseñado un cartel informativo para que puedas exponer dichas normas de forma clara en tu establecimiento, y que así el consumidor tenga claras las pautas a seguir para el correcto uso de los recipientes.

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Esto es muy necesario, ya que no todo vale. El uso de envases propios está permitido, pero hay que preservar unas mínimas condiciones, para que este sea apto. Porque lo que también es incuestionable es que una falta de formación y educación en seguridad alimentaria puede suponer un riesgo para la salud del consumidor. Por ello, el establecimiento se reserva el derecho de no facilitar el producto en el envase proporcionado por el consumidor si considera que este no reúne las características adecuadas de higiene, al ser sus profesionales responsables de lo que ocurre dentro de la tienda en materia de seguridad alimentaria.

Por tanto, el establecimiento puede permitir a los consumidores aportar su propio envase, para la adquisición de productos a granel siempre y cuando:

  • Sean recipientes reutilizables de terracota, vidrio o plástico apto para uso alimentario o con el símbolo
  • Que el envase no disponga de marcas que evidencien que ha contenido previamen­te alimentos de otro fabri­cante o naturaleza o haya contenido o estado en contacto con productos no alimenticios tóxicos o in­compatibles con alimentos o bebidas.
  • Que el recipiente no esté deteriorado y se encuentre limpio y desinfectado.
  • Y nunca envasará alimen­tos en botes metálicos o envases con tapas metáli­cas, hojas de “papeles me­tálicos”, papeles, cartulinas, cartones, películas celulósi­cas y plásticas, tapas y cáp­sulas metálicas.

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Categorías: Calidad y seguridad alimentaria, Noticias
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