El pasado 2 de agosto se publicó en el BOE una nueva normativa que, entre otras, establece medidas para el ahorro energético y gestión de la climatización que afecta a todos los establecimientos comerciales incluidos el comercio especializado. Es por ello, que resumimos las principales medidas que son de aplicación y los plazos para las mismas:
1.Temperatura del aire en los establecimientos comerciales. Ya se encontraban reguladas anteriormente. En este nuevo RD, se establecen nuevos límites de temperatura con los siguientes valores:
Temperatura del aire en recintos calefactados | No será superior a 19ªC (antes 21ªC) |
Temperatura del aire en recintos refrigerados |
No será inferior a 27ªC (antes 26º) |
Las condiciones de temperatura anteriores estarán referidas al mantenimiento de una humedad relativa comprendida entre el 30 % y el 70 %.
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Estas nuevas limitaciones de temperaturas, al igual que las anteriores ya establecidas, dada la naturaleza de la actividad ejercida en nuestros establecimientos, en principio no son de obligado cumplimiento para los establecimientos de especializados de comercio al por menor de carne, dado que los recintos como obradores, zonas de despiece y envasado por normativa sectorial deben encontrarse a temperaturas inferiores de las establecidas.
Asimismo, en la sala de ventas, estos nuevos límites de temperaturas tampoco serían de estricta aplicación dado que la sala de ventas es un lugar de trabajo para el personal de los establecimientos que realizan trabajos ligeros tales como el despacho, despiece, corte…, pudiendo encontrarse el espacio de sala de ventas en un rango de temperaturas entre 14ºC y 25ºC, siendo asimismo otra de las razones de excepción a estos rangos la protección del ambiente frente a altas temperaturas para el mejor rendimiento y protección del equipamiento frigorífico en el cual se exponen los productos objeto de venta de la actividad y que necesitan unas condiciones de conservación a temperatura regulada.
A pesar de la excepcionalidad de nuestra actividad para las nuevas limitaciones de temperatura establecidas, recomendamos un uso responsable y racional de la energía, solidarizándonos con la situación energética actual de nuestro país. Asimismo, recomendamos la adquisición de estaciones meteorológicas con indicadores de temperatura y humedad que puedan disponerse en lugares visibles en el espacio de sala de ventas de los establecimientos comerciales.
Esta medida entrará en vigor el próximo 9 de agosto y será aplicada hasta el 1 de noviembre de 2023.
2. Temperatura del aire en los establecimientos comerciales. Todos los establecimientos comerciales, incluidos los del comercio especializado de la carne, deberán informar a través de cartelería o pantallas de las medidas que aplica el establecimiento para contribuir al ahorro energético. Esta información deberá encontrarse visible a la entrada de los establecimientos u otras ubicaciones donde se encuentren dispositivos de control y visualización del rango de temperatura y humedad del establecimiento.
Esta medida entrará en vigor a partir del 2 de septiembre hasta el 1 de noviembre de 2023.
3. Los edificios y locales comerciales con acceso desde la calle deben disponer de un sistema de cierre de puertas adecuado, automático o mediante un sencillo brazo de cierre. De esta forma se pretende prevenir el despilfarro energético por las pérdidas de energía al exterior.
Esta medida debe cumplirse en todos los edificios y locales comerciales con acceso directo a la calle antes del 30 de septiembre de 2022.
4. El alumbrado de escaparates de todos los locales comerciales deberá mantenerse apagado desde las 22 horas.
Esta medida entrará en vigor desde el 9 de agosto hasta el 1 de noviembre de 2023.
Desde Carnimad, resaltamos la importancia de llevar a cabo estas nuevas medidas de obligatorio cumplimiento para todos los establecimientos comerciales incluido el comercio especializado y artesano de la carne, evitando sanciones innecesarias para nuestras actividades, así como medida de contribución colectiva al ahorro energético.
Si tienes alguna duda con respecto a la aplicación de la nueva normativa, contáctanos.
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