El Ayuntamiento de Madrid, a través de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende, ha convocado dos Líneas de ayudas con el objetivo de favorecer las iniciativas empresariales mediante el apoyo y estímulo de la actividad económica de la ciudad, de manera que Madrid se convierta en la primera ciudad con el distintivo Tax-Free.
Las dos Líneas de ayudas «Madrid Tax-Free» consisten en la devolución y/o reintegro de una serie de gastos (tributos municipales y precios privados abonados a las Entidades Colaboradoras en la Gestión de Licencias Urbanísticas (ECLU).
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La cuantía de cada subvención vendrá determinada por el importe correspondiente al 100% de determinados tributos municipales, siempre que, que el beneficiario estuviera obligado a pagar en período voluntario o en vía ejecutiva, en su caso, una vez deducidas las bonificaciones, exenciones y demás reducciones concedidas por cualquier Administración Pública, y que estuviera vigente en la fecha de la resolución de la concesión de la subvención, así como deducidos los posibles recargos o intereses que pudieran devengarse por pago fuera del período voluntario.
Estos tributos municipales son:
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
- Tasa por la Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos (TRU).
- Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local (cuando el hecho imponible sea el Paso de Vehículos o Carruajes a través de aceras o calzadas (TA-PASO).
- Tasa de Reserva de Espacio del Dominio Público Local para aparcamiento exclusivo de vehículos (TA-RESERV))
También será subvencionable, siempre y cuando los trámites administrativos de creación y puesta en marcha se hubieran efectuado, telemáticamente, a través de la plataforma CIRCE, el 100% del importe del precio privado abonado a la ECLU, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que el beneficiario estuviera obligado a abonar, para la obtención de la licencia de actividad, siempre que a la fecha de la solicitud del reintegro del precio privado abonado a la ECLU, la actuación urbanística solicitada haya tenido resultado satisfactorio.
Se podrá solicitar la devolución de los tributos municipales indicados o el reintegro del precio privado abonado a la ECLU que se devenguen o facturen desde el día 1 de enero de 2011 hasta el día 2 de diciembre de 2015.