¿QUIÉN TIENE QUE HACERLA?
- Están obligados a hacer dicha declaración todas las personas físicas o comunidades de bienes que tributen por Estimación Objetiva, es decir, por el Sistema de Módulos, y cuyo total de facturas emitidas a terceras personas durante el año 2017 supere los 3005 euros. En caso de haber facturado una cifra inferior, no será necesario realizar esta declaración.
¿CUÁNDO TIENES QUE PRESENTARLA?
- Si utilizas el Servicio Fiscal de Fedecarne, necesitamos que, ANTES DEL 28 DE FEBRERO, nos facilites toda la documentación necesaria.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITAS?
- Tendrás que facilitarnos la facturación de las operaciones de 2017 desglosadas por trimestres (enero-marzo, abril-junio, julio-septiembre, octubre-diciembre). Esta documentación es totalmente necesaria para que podamos realizar dicha declaración.
- Por otra parte, necesitamos también que nos comuniques los KW consumidos en tus establecimientos durante el año; y recuerda, no es necesario el gasto, sino el consumo.
Consulta o amplía información llamando al Departamento Fiscal de Fedecarne Tel.: 91 547 13 24 E-mail: rfiscal@fedecarne.es – fiscal@fedecarne.es |