El Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó el viernes 5 de octubre la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, que nace según se indica en el preámbulo:
Con el objetivo de garantizar una mayor seguridad vial, proteger la salud de las personas a través de la mejora de la calidad de aire, profundizar en la sostenibilidad medioambiental y energética de la movilidad urbana y lograr una mejor convivencia entre modos de transporte.
¿Cuándo entrará en vigor? La citada Ordenanza entrará en vigor el mismo día en el que aparezca publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Entre las alegaciones estimadas es especialmente relevante la consideración como vehículos de distribución urbana de mercancías (DUM) de aquellos automóviles utilizados para el traslado de mercancías perecederas, siempre que cuenten con una unidad isotermo, frigorífica o refrigerante, su titular esté de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, y conste su matrícula en la correspondiente autorización de transportes de mercancías perecederas.
Esta modificación resulta importante puesto que, en un primer momento, se excluía de la distribución urbana de mercancías a los vehículos turismos, lo que perjudicaba a parte de nuestros asociados, pequeñas empresas minoristas que se sirven de unidades certificadas incorporadas a su vehículo turismo, para el reparto y aprovisionamiento de su establecimiento.
Por otra parte, también es relevante para nuestro sector la medida que entrará en vigor dentro de escasos meses, mediante la cual se restringirá en periodos de alta contaminación el acceso a toda la ciudad de los vehículos que no tengan distinto medioambiental. En Fedecarne os ayudaremos a conseguir vuestra etiqueta de la DGT para estos casos.
En el siguiente enlace puedes ampliar la información sobre el contenido de esta nueva norma municipal: www.madrid.es/ordenanzamovilidad
Para cualquier aclaración, contacta con el Departamento Jurídico de Fedecarne: 91 547 13 24 – abogado@fedecarne.es