Dicha incorporación deberá hacerse efectiva en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de la Orden el 1 de abril de 2018. La fecha límite es, por tanto, el 30 de septiembre de 2018.
Para los asociados que tengan concertado con Fedecarne el servicio fiscal, y, en su caso, laboral, vamos a poner en marcha, a lo largo de los próximos meses, el procedimiento para realizar el alta y la gestión de las notificaciones electrónicas, como ya estamos haciendo con los autónomos con trabajadores por cuenta ajena que ya tenían está obligación desde el año 2013.
En cualquier caso, y para el resto de asociados, quedamos a vuestra disposición para asesoraros y prestaros el servicio adaptado a vuestras necesidades.
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Para cualquier aclaración contactar con el departamento fiscal o laboral de Fedecarne: 91 547 13 24 – fiscal@fedecarne.es – laboral@fedecarne.es |